Consejos de los institutos universitarios de investigación

El consejo de los institutos universitarios de investigación propios es el órgano del instituto correspondiente y está presidido por su director. La organización interna de los institutos universitarios de investigación debe ajustarse, mientras sea posible y conveniente, a lo que se ha establecido para los departamentos, sin prejuicio de la reglamentación específica que para cada caso debe aprobar el Consejo de Govern.

Los consejos de los institutos universitarios de investigación propios tendrán las funciones que les atribuya la normativa que apruebe el Consejo de Govern y, si es necesario, los respectivos reglamentos de los institutos. En el caso del resto de institutos universitarios de investigación, todo el mundo se basará en lo que establece el convenio de creación o el instrumento de cooperación.